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Las protecciones de la ONU para el aborto y la islamofobia

06 / 01 / 2012

 

La Declaración Universal de los Derechos Humanos celebró su cumpleaños en diciembre y sería importante resaltar cómo este documento, noble en sus intenciones originales, a menudo es reinterpretado por partidarios de diversas temáticas, dando lugar a una larga lista de reivindicaciones de nuevos derechos y las correspondientes responsabilidades de gobierno impuestas a los 193 estados miembros de la ONU. Dos ejemplos primordiales de este uso equivocado son los referidos al derecho a la vida y a la libertad religiosa – derechos naturales sacrificados a menudo por un sin número de causas sociales.

En lo que respecta al aborto, el derecho a la vida prometido a “todos” en la Declaración Universal (Artículo 3) raramente se aplica a los no natos, mientras que el derecho a la salud o a un nivel de vida adecuado (Artículo 25) se ha ampliado considerablemente para incluir el presunto derecho de la mujer a acceder a los servicios de aborto.

Anand Grover, cuyo título completo es el de Relator Especial sobre el Derecho de Toda Persona al Mayor Disfrute Posible de Nivel de Salud, ha manifestado reiteradamente que la despenalización del aborto es esencial para reducir la mortalidad materna y lograr que las mujeres tengan derecho a la salud. Como Relator Especial (jerga de la ONU para un experto nominado al cargo pero sin que le rinda cuentas prácticamente a nadie), Grover causó recientemente un gran revuelo entre algunos estados miembros, cuando publicó un informe donde afirmaba que el aborto legal es equivalente a un derecho humano. En dicho informe señaló:

 

Las leyes penales que sancionan y que restringen el aborto inducido son ejemplos paradigmáticos de barreras inaceptables para el derecho de las mujeres a la salud y deben ser eliminadas… La creación o el mantenimiento de legislación penal en materia de aborto puede equivaler a violaciones de las obligaciones de los estados  a respetar, proteger y cumplir con el derecho a la salud.

 

Un grupo de líderes y expertos internacionales recientemente dio a conocer los Artículos de San José como una herramienta para contrarrestar estas iniciativas en pro de crear un nuevo derecho internacional para abortar.

En cuanto a la libertad religiosa, el Artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece:

 

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o creencia así como la libertad, ya sea solos o en comunidad con otros y en público como en privado, de manifestar su religión o creencia, individual y colectivamente tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

 

Sin embargo, estos derechos prometidos a los individuos se sitúan en el centro de una década de importantes iniciativas, liderada por la Organización de la Cooperación Islámica (OCI), para globalizar las leyes contra la blasfemia y la apostasía que son comunes en las sociedades islámicas. En el Centro DeVos para la Religión y la Sociedad Civil de la Fundación Heritage tuvimos recientemente un evento donde Nina Shea y Paul Marshall autores de Silenciados (Silenced), hablaron de su nuevo libro, en el cual se documenta esta iniciativa:

 

En 1999, algunos estados de mayoría musulmana, comenzaron a argumentar que la ONU debe condenar y prohibir lo que la OCI cataloga como “difamación de las religiones”, sobre todo en lo referido al islam. Ellos han reconocido que el propósito de esta “difamación de las religiones” está destinado principalmente a proteger al islam y a los musulmanes de la crítica. La intentona de “difamación” en realidad pretende redefinir los derechos humanos de cinco maneras: 1.Tratar los asuntos religiosos bajo la prohibición del discurso del odio como si se tratasen de cuestiones raciales; 2. Conceder derechos a las propias religiones en vez de concedérselas a los individuos; 3. Crear un nuevo derecho no ser ofendidos en materia de religión; 4. Afirmar que la libertad de religión se opone a la libertad de expresión; 5. Dar una amplia interpretación a las excepciones en lo referido al derecho a la libertad de expresión. (Silenciados, p. 206)

 

Al forjar un caso en pro de una prohibición a la difamación de las religiones, sus partidarios pintan a los musulmanes de forma colectiva como víctimas de la discriminación. De hecho, la OCI tiene un Observatorio de la Islamofobia, el cual publica un boletín mensual detallando las “manifestaciones de islamofobia”, sobre todo en Europa y Estados Unidos.

Todas las reivindicaciones de derechos no son iguales y, como la Declaración Universal de la ONU de los Derechos Humanos se estire y se retuerza para abarcar cada vez más reivindicaciones de derechos sociales y económicos, a veces en conflicto directo entre sí, los derechos humanos naturales estarán en peligro.

 

La versión en inglés de este artículo está en Heritage.org.
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